ἀγχιστδαν


adv. de acuerdo con el grado de parentesco más cercano αἰ δὲ μὲ ἀδελφεὸ<ς> εἴε, ἀ. ἐπινεμέσθ κὰ(τ) τὸ δίκαιον si no hubiere hermano, sea beneficiario en el reparto el pariente más próximo, IG 92.609.5 (Lócride VI/V a.C.).